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El Senado avaló que la dependencia supervise a las sucursales y evite que se estafe a los clientes; la Procuraduría hará un listado de los negocios que cuentan con un registro público.

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CIUDAD DE MÉXICO (Notimex) — El Senado de la República aprobó este martes reformas a la Ley Federal de Protección al Consumidor para que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) regule las actividades de las casas de empeño y establezca un registro público de las mismas, para una mayor supervisión y control.

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Sin embargo, se excluyen los establecimientos que son sujetos obligados de las Instituciones de Asistencia Privada (IAP), que se rigen por el Código Civil por no tener fines de lucro.

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Los cambios legales, avalados en la sesión de este martes con 80 votos, establecen multas de 617.41 pesos a 2 millones 414,759 pesos a las casas de empeño que no acaten estas disposiciones.

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Además, no podrán ser socios, accionistas, directivos o representantes de casas de empeño quienes hayan sido condenados por delitos patrimoniales, financieros o de delincuencia organizada.

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A su vez, la Profeco creará un registro público en el que deberán inscribirse las casas de empeño y los formatos de los contratos que celebren con sus clientes.

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Las reformas garantizan al consumidor que la casa de empeño no desaparecerá sin cumplir sus obligaciones mediante constitución de fianzas o garantías, y crean procesos expeditos de reclamación, sanción y reparación del daño del bien entregado en prenda.

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En materia de transparencia, las reformas establecen la obligación de las casas de empeño de publicar los términos y condiciones de operación, así como los costos e intereses del mutuo prendario.

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De igual manera, se prohíbe a las casas de empeño "realizar operaciones reservadas y reguladas por las leyes vigentes a las instituciones del sistema financiero", con lo que se impide que operen en dicho ámbito.

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